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Dependientes
Descripción general
  • Un dependiente debe ser tu hijo o un pariente calificado.


  • Una persona es un pariente calificado si no es un hijo calificado y cumple con ciertos requisitos.


  • Un hijo calificado puede ser reclamado como dependiente solamente por un contribuyente. Si más de un contribuyente reclama al hijo, el Servicio Federal de Rentas Internas (Internal Revenue Service) tiene una regla de desempate para determinar quién va a reclamar al hijo calificado.
Puedes reclamar como dependiente a una persona que sea un hijo calificado o a un pariente calificado. Un pariente calificado no puede ser un hijo calificado.

No puedes reclamar la exención de dependiente para una persona si puedes ser reclamado como dependiente por otra persona. Ni un hijo calificado ni un pariente calificado pueden presentar una planilla conjunta, y deben ser ciudadanos o residentes de EE.UU. (o residentes de Canadá o de México) por lo menos una parte del año.

¿Qué es un hijo calificado?

Tener un hijo calificado puede permitirte reclamar diversos beneficios de impuestos, como el estado civil para efectos de la planilla de Jefe de familia, la exención para un dependiente, el Crédito federal por dependientes, el Crédito por gastos de cuido de hijos y de dependientes, y el Crédito por ingresos de trabajo. Se considera que un hijo califica si cumple con todas las condiciones siguientes:
  • Relación: El niño debe ser tu hijo(a) o hijastro(a) (ya sea de sangre o por adopción), hijo(a) de crianza, hermano(a) o hermanastro(a) o un descendiente de uno de ellos.
  • Residencia: El niño debe vivir contigo por más de la mitad del año fiscal. Se aplican algunas excepciones para hijos de padres divorciados o separados, hijos secuestrados, ausencias temporales y para hijos que nacieron o murieron durante el año.
  • Edad: El hijo debe ser menor de 19 años al final del año fiscal, o menor de 24 años si es estudiante de tiempo completo por lo menos 5 meses del año. Los hijos que estén discapacitados de manera permanente y total en cualquier momento del año califican, sin importar la edad.
  • Manutención: El hijo no puede suministrar más de la mitad de su propia manutención durante el año.


El hijo no se considera que sea tu hijo calificado, aunque cumpla las condiciones anteriores, si no debes presentar una planilla y no presentas una planilla o presentas una planilla exclusivamente para obtener un reembolso de una retención de impuestos sobre los ingresos. Así que otra persona que no esté emparentada con el niño puede reclamar una exención correspondiente al niño como familiar calificado.

Nota: a partir del año fiscal 2009, un hijo calificado debe ser más joven que tú, y el hijo no calificará si el hijo presenta una planilla conjunta a menos que la planilla se presente solamente como una reclamación de reembolso. Si los padres del hijo pueden reclamar al hijo como hijo calificado y ninguno reclama al hijo, otra persona puede reclamar al hijo como hijo calificado únicamente si los ingresos brutos ajustados (AGI) de la persona son mayores que los AGI más altos de alguno de los padres del hijo.

¿Qué es un pariente calificado?

Una persona es un pariente calificado si esa persona no es un hijo calificado y cumple con los siguientes requisitos:
  • Ingresos brutos: La persona tiene ingresos brutos menores de $3,500 en el año.
  • Prueba de manutención: Debes haber proporcionado más de la mitad de la manutención de esa persona en el año.
  • Miembro de la unidad familiar o prueba de relación: La persona debe haber vivido contigo durante todo el año como miembro de la unidad familiar o estar emparentada contigo. A ciertos parientes no se les requiere vivir contigo durante todo el año.
Se aplican muchas excepciones y reglas especiales. Consulta la Publicación 501 del IRS.

Pruebas de desempate
Si el hijo es un hijo calificado de dos personas, esas personas pueden decidir quién reclamará al hijo como una exención, así como para el Crédito federal por dependientes, estado civil de Jefe de familia, el Crédito por gastos de cuido y la Exclusión para los beneficios por cuidado de hijos suministrados por el empleador, y el Crédito por ingresos de trabajo. Si más de una persona reclama alguno de estos beneficios con respecto al hijo, el IRS usará las siguientes pruebas para determinar quién tiene derecho a reclamar al hijo como dependiente (y para los demás beneficios de impuestos).

  • Si sólo una de las personas es padre o madre del hijo, el padre o la madre reclama al hijo.
  • Si las dos personas son los padres del hijo y no presentan una planilla conjunta, la persona con quien el hijo vivió más tiempo durante el año reclama al hijo. Si el hijo vivió con los padres la misma cantidad de tiempo, el hijo es reclamado por el padre o por la madre según quién tenga los ingresos brutos ajustados más altos.
  • Si ninguna de las personas son padres del hijo, la persona que tenga los ingresos brutos ajustados más altos reclama al hijo.


Nota: a partir del año fiscal 2009, las reglas de desempate se aplican si dos o más personas pueden reclamar alguno de los beneficios anteriores, aunque sólo una de ellas lo haga. Esto significa que las personas ya no podrán decidir quién reclama los beneficios de impuestos.
Sugerencias sobre impuestos y planillas federales
  • Ahorro para la educación
  • Ayuda económica para la
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